º PERIODO Y EJERCICIO FISCAL. El año o período fiscal de las intendencias y comisarías comienza el primero (1º) de abril y termina el treinta y uno (31) de marzo del año siguiente, lapso durante el cual puede afectarse el presupuesto. El ejercicio fiscal se prolongará hasta el treinta y uno (31) de mayo, con el objeto de consolidar los registros contables y cerrar la cuenta general del presupuesto y del Tesoro.
Decreto 469 de 1986 →Vigente
Artículo 2
º Periodo Y Ejercicio Fiscal
Decreto 469 de 1986 · por el cual se expiden normas sobre el régimen presupuestal y fiscal de las intendencias y comisarías y sus entidades descentralizadas y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.