º . La Distinción Andrés Bello será otorgada por el Ministerio de Educación Nacional a través de Resolución General, cuya preparación estará a cargo del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES. En cada caso particular se dará fe de la distinción mediante diploma alusivo, cuya preparación y suscripción estará a cargo del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES. Si un estudiante se hace acreedor de la distinción en el ámbito nacional y en la entidad territorial certificada, se le concederán los diplomas correspondientes".
Decreto 2738 de 2005 →Vigente
Artículo 5
Decreto 2738 de 2005 · por el cual se modifican los criterios para el otorgamiento de la "Distinción Andrés Bello", y se deroga el Decreto 2807 de 2000.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.