Micelio

Artículo 26

Decreto 2257 de 1986 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VII y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a Investigación, Prevención y Control de la Zoonosis.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

PROCESO DE DESARROLLO DE LA INFORMACION. La información epidemiológica en zoonosis se desarrolla mediante la aplicación del siguiente proceso: - Producción del dato: Comprende todas las actividades conducentes al conocimiento de las enfermedades y otros eventos en salud, con el mayor grado de precisión posible. - Registro y consolidación: Consiste en inscribir en formularios apropiados los datos obtenidos, y en la concentración y resumen adecuado de los mismos, por áreas y en períodos de tiempo. - Notificación: Se refiere a las actividades de transmisión y comunicación de los datos de un nivel de atención a otro dentro de las estructuras del Sistema Nacional de Salud y del Ministerio de Agricultura y sus institutos adscritos, de conformidad con el presente Decreto. - Presentación: Hacen relación con todas las actividades relativas al procesamiento y diagramación de datos para facilitar el análisis posterior. - Análisis: Es la fase de comparación, estimación y ubicación del significado de las datos dentro de la técnica y conocimientos epidemiológicos. - Divulgación: Consiste en dar a conocer los resultados de la investigación; se utiliza para ejecutar acciones de prevención y control.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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