Micelio

Artículo 35

A Los Miembros Del Consejo Directivo Les Está Confiada La Misión De Realizar Los Fines De La Corporación Y, Cualquiera Que Sea El Origen De Su Elección, Solo Representan En Su Seno Los Altos Intereses De Bienestar Colectivo

Decreto 1707 de 1960 · Por el cual se reorganiza la Corporación Autónoma Regional del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 35. A los miembros del Consejo Directivo les está confiada la misión de realizar los fines de la Corporación y, cualquiera que sea el origen de su elección, solo representan en su seno los altos intereses de bienestar colectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1707 de 1960