º . Valor máximo a disminuir mensualmente de la base de retención. Cuando el trabajador tenga derecho a la deducción por intereses y/o corrección monetaria o costo financiero en virtud de un contrato de leasing que tenga por objeto el bien inmueble destinado a vivienda del contribuyente, el valor máximo que se podrá disminuir mensualmente de la base de retención será el determinado anualmente por el Gobierno Nacional en desarrollo de lo previsto en el Artículo 387 del Estatuto Tributario.
Para el año gravable 2003, se tendrán en cuenta las cuantías determinadas en los Artículos 2º y siguientes del Decreto 3256 de 2002.