Micelio

Artículo 2

Escala Salarial Empleados Incorporados

Decreto 1008 de 2019 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. ESCALA SALARIAL EMPLEADOS INCORPORADOS . Fijar a partir del 1° de enero de 2019, la siguiente escala de asignación básica mensual para los empleados que fueron incorporados a la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en aplicación de los Decretos números 4952 y 4953 de 2011 y que se acogieron al régimen salarial previsto en el artículo 3° del Decreto número 2635 de 2012, así: GRADO SALARIAL PROFESIONAL TÉCNICO ASISTENCIAL 1 2 2.578.779 3 - 4 - 5 3.001.992 6 - 7 - 8 - 9 - 10 - 11 3.885.694 12 - 13 - 1.983.067 14 - - 15 5.242.798 2.080.321 16 5.652.480 3.045.144 - 17 5.945.401 - 18 - 19 - 20 2.275.110 En la escala salarial fijada en el presente artículo, la primera columna señala los grados correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna y siguientes columnas, indican la asignación básica mensual establecida para cada nivel y grado.

Parágrafo

Los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), a quienes se les aplique la escala salarial establecida en el presente artículo, tendrán derecho a percibir los beneficios salariales y prestacionales que hoy perciben los servidores regidos por el Decreto número 4050 de 2008, modificado por los Decretos números 1746 y 1785 de 2017, con excepción del incentivo por desempeño grupal de que trata el artículo 8° del citado decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1008 de 2019