º . Oportunidad de optar . Los Empleados Públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, que no se acogieron al régimen salarial establecido en el Decreto 618 de 2006, podrán optar por una (1) sola vez y dentro de los quince (15) días siguientes a la vigencia del presente decreto, por el régimen salarial establecido en este decreto.
Los empleados públicos de la DIAN que se encuentren en situación administrativa, podrán optar por el régimen salarial establecido en el presente decreto dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de finalización de la situación administrativa correspondiente.