Reserva del sumario. juicio público. Durante el juicio penal no habrá reserva en las pruebas.
El procesado, su apoderado y la parte civil tienen, como el agente del Ministerio Público, el derecho de intervenir en la práctica de todas las pruebas, durante el sumario y durante el juicio. Para que puedan ejercer este derecho, el funcionario o juez los citará oportunamente si fuere posible, antes de la práctica de la respectiva prueba.