Micelio

Artículo 49

Integración Del Comité De Expertos Ad Hoc

Decreto 3 de 2021 · por el cual se expide el protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado “Estatuto de Reacción, Uso y Verificación de la Fuerza Legítima del Estado y Protección del Derecho a la Protesta Pacífica Ciudadana.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Integración del Comité de Expertos ad hoc. El Comité de Expertos ad hoc estará integrado por tres personas de las más altas calidades éticas y profesionales con experiencia, formación y conocimiento en derechos humanos. No podrán integrar el comité quienes tengan en curso investigaciones disciplinarias, por violaciones a derechos humanos o violencias basadas en género. Las personas aspirantes serán postuladas por organizaciones sociales de la sociedad civil con trayectoria en la defensa y protección de víctimas de violaciones a los derechos humanos y procesos sociales organizativos de verdad, memoria y lucha contra la impunidad, propendiendo porque exista una participación equitativa de género, diversidad social, pluralismo e interdisciplinariedad. Serán elegidos por la Defensoría del Pueblo, la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Parágrafo

Las personas integrantes del Comité de Expertos ad hoc serán contratadas por el Ministerio del Interior, y contarán con un equipo técnico investigativo integrado por nueve personas financiadas por el Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia y del Derecho, conforme al procedimiento que se reglamente para el efecto. Esto no excluye la posibilidad de que el Comité de Expertos ad hoc constituya equipos adicionales de manera autónoma o con financiación externa, según lo considere pertinente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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