Micelio

Artículo 5

º

Decreto 1369 de 1997 · por el cual se fijan las asignaciones básicas mensuales, la prima de costo de vida, los gastos de representación y demás asignaciones a que tienen derecho los funcionarios diplomáticos, consulares y administrativos en Gran Bretaña.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El embajador y los encargados de negocios a.i. en Gran Bretaña, tendrán derecho a que se les reconozca mensualmente los gastos efectuados para atender las actividades diplomáticas propias de su cargo, según la siguiente escala: Nivel Libras esterlinas 1 840.00 2 1.040.00 3 1.670.00 4 2.770.00 5 2.910.00 6 3.250.00 7 4.360.00 8 4.990.00

Parágrafo 1

Para tal el efecto, dichos funcionarios legalizarán ante el Ministerio de Relaciones Exteriores los gastos efectuados cada dos (2) meses. No podrá girarse el valor correspondiente al mes siguiente a la rendición de la cuenta a quienes no hayan efectuado la legalización. El Ministerio de Relaciones Exteriores, exigirá anualmente el reintegro de los valores girados y no legalizados.

Parágrafo 2

El Ministerio de Relaciones Exteriores mediante resolución, asignará el nivel de gastos de representación a cada una de la embajada y consulado en Gran Bretaña de acuerdo con la disponibilidad presupuestal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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