Una vez realizada la evaluación trimestral correspondiente al cierre de la vigencia anual, la Superintendencia del Subsidio Familiar determinará mediante resolución, las cajas de compensación familiar que deben cumplir con la segunda prioridad. De igual forma se procederá para la aplicación de la tercera prioridad, después de realizar la evaluación posterior al vencimiento del plazo previsto en el literal b) del artículo anterior.
Decreto 1076 de 1995 →Vigente
Artículo 16
Decreto 1076 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 49 de 1990 en cuanto a la aplicación del subsidio familiar de vivienda por parte de las cajas de compensación familiar.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.