Aprópiase la partida de cinco millones de pesos ( $ 5.000.00), a favor del Fondo Nacional Agrario del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, con destino especial a la financiación de los estudios y diseños técnicos necesarios para la construcción de las obras de ingeniería de las represas de "Cuestecita" y "El Cercado", en la cuenca hidrográfica del río Ranchería, y obras anexas de canales de irrigación y de avenamientos, y otras de desarrollo hidroeléctrico en los Municipios de Maicao y Fonseca, respectivamente, con destino al aprovechamiento de los caudales del mismo río en el Departamento de La Guajira.
Ley 29 de 1966 →Vigente
Artículo 1
Ley 29 de 1966 · Por la cual se apropia una partida para el aprovechamiento del río Ranchería (Departamento de La Guajira), y se conceden unas autorizaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.