º. Funciones específicas del Ministerio de Minas y Energía, en relación con el subsector de gas combustible . Corresponde al Ministerio de Minas y Energía ejercer las siguientes funciones de carácter especial, en relación con el subsector de gas combustible
Asegurar que se realicen en el país, por medio de empresas oficiales, privadas o mixtas, las actividades de comercialización, construcción y operación de gasoductos y de redes de distribución de gas combustible.
Determinar el monto de los subsidios que debe dar la Nación para satisfacer el consumo de subsistencia de los usuarios del servicio público domiciliario de gas combustible de menores ingresos.
Establecer los requisitos técnicos de las obras y equipos, así como los procedimientos utilizados por las empresas del sector de gas combustible, cuando la Comisión de Regulación de Energía y Gas haya resuelto por vía general que ese señalamiento es realmente necesario para garantizar la calidad del servicio, y que no implica restricción indebida a la competencia.
Diseñar mecanismos que permitan a las empresas que prestan el servicio público domiciliario de gas combustible competir en forma adecuada por los recursos destinados a la financiación del servicio.
Solicitar a las autoridades competentes adelantar las investigaciones a que hubiere lugar por la posible violación de las normas que rigen la prestación del servicio público domiciliario de gas combustible.
Coordinar con la Unidad Especial de Información Minero Energética la creación y utilización de bases de datos, sistemas de información y archivos técnicos necesarios para la realización de las actividades del subsector de gas combustible.
Celebrar los contratos de fiducia o de mandato indispensables para la administración de las acciones que la Nación posea en las empresas de servicios públicos que tengan por objeto la distribución domiciliaria de gas combustible.