Anexo del trazador presupuestal para la equidad poblacional étnico racial. Para la siguiente vigencia fiscal, las entidades del orden nacional conforme a sus competencias identificarán las partidas presupuestales tanto de funcionamiento como de inversión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 219 de la Ley 1955 del 2019 o el que haga sus veces, donde se pormenoricen los programas y proyectos de cada sector. Esta información deberá formar parte del proyecto de Ley del Presupuesto General de la Nación que se presente ante el Congreso de la República en la siguiente vigencia como un anexo denominado: Anexo Gasto Presupuestal para la Equidad Poblacional Étnico Racial, para los pueblos indígenas, comunidades negras, afros, raizales, palenqueros y Rrom.
Decreto 2590 de 2022 →Vigente
Artículo 104
Anexo Del Trazador Presupuestal Para La Equidad Poblacional Étnico Racial
Decreto 2590 de 2022 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.