º A las denominaciones de empleo establecidas en elartículo anterior le son aplicables las disposiciones señaladas en los artículos 7º y 8º del Decreto 42 de 1994, respectivamente.
Decreto 394 de 1994 →Vigente
Artículo 2
º A Las Denominaciones De Empleo Establecidas En Elartículo Anterior Le Son Aplicables Las Disposiciones Señaladas En Los Artículos 7º Y 8º Del Decreto 42 De 1994, Respectivamente
Decreto 394 de 1994 · por el cual se modifica el Decreto 596 de 1993.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.