Articulo 2º. Facultar a la Dirección General de Aviación para disponer cada año la solemne celebración del "Día de la Fuerza Aérea Colombiana".
Decreto 1067 de 1948 →Vigente
Artículo 2
Facultar A La Dirección General De Aviación Para Disponer Cada Año La Solemne Celebración Del "día De La Fuerza Aérea Colombiana"
Decreto 1067 de 1948 · Por el cual se consagra el 25 de marzo como "Dia de la Fuerza Aérea Colombiana"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.