Micelio

Artículo 4

Decreto 4222 de 2006 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Funciones de la Dirección de Seguridad Ciudadana . La Dirección de Seguridad Ciudadana tendrá las siguientes funciones

1.

Desarrollar la política de seguridad ciudadana, inherente a la prestación del servicio de policía en el ámbito urbano, a través de estrategias, planes y programas de gerencia del servicio, prevención, disuasión y control de los delitos y las contravenciones.

2.

Revisar y evaluar periódicamente la pertinencia, oportunidad y efectividad de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana urbana trazadas por la Dirección y ejecutadas por las Regiones, Metropolitanas y Departamentos de Policía, proponiendo los ajustes que consideren necesarios.

3.

Propiciar la aplicación de indicadores de gestión, estándares de desempeño y mecanismos de evaluación y control de los procesos a cargo de esta Dirección.

4.

Orientar la gestión de los comandantes de Región, Metropolitanas, Departamentos de Policía y Grupos Operativos Desconcentrados en el ámbito urbano.

5.

Orientar los procesos de Policía Comunitaria y aplicación de los mecanismos de participación ciudadana.

6.

Dirigir el funcionamiento de los Escuadrones Móviles de Antidisturbios y Grupos de Operaciones Especiales.

7.

Coordinar con la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada o la dependencia que haga sus veces, la realización de acciones de supervisión y control sobre los medios y servicios que prestan las empresas del ramo y su vinculación a los programas y planes de seguridad ciudadana.

8.

Elaborar y presentar a consideración del mando institucional proyectos de inversión que propendan por el fortalecimiento de los programas y planes diseñados para mejorar la seguridad y la convivencia ciudadana, previa coordinación con la Oficina de Planeación.

9.

Diseñar estrategias que permitan fortalecer y dinamizar la cobertura del servicio de policía en el sector urbano.

10.

Asesorar y proponer a la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia y la Subdirección General, la firma de los convenios interinstitucionales e intersectoriales que permitan ampliar la cobertura y mejorar la oportunidad y calidad del servicio policial.

11.

Desarrollar la Política y Objetivos de Calidad de la Policía Nacional.

12.

Desarrollar y estandarizar los procedimientos de los procesos misionales, gerenciales y de soporte de la unidad, debidamente articulada con la metodología definida por la Policía Nacional.

13.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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