Criterios de prelación. La UAEGRTD establecerá los criterios de prelación territorial de los casos informando a la ANT, quien valorará los potenciales beneficiarios para la adjudicación en atención a lo establecido en la Ley 160 de 1994 y al Decreto Ley 902 de 2017.Parágrafo. Para los criterios de prelación de que trata el presente artículo, la UAEGRTD tendrá en cuenta las zonas con mayor concentración de víctimas y otros intervinientes en procesos de restitución de tierras, sujetos de ordenamiento social de la propiedad rural, y los núcleos territoriales priorizados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, según el artículo 2.14.6.9.2 del Decreto número 1071 de 2015.
TEXTO CORRESPONDIENTE A