º. Valor de la Cuota de Fomento Hortifrutícola . La Cuota de Fomento Hortifrutícola será igual al equivalente del uno por ciento (1%) sobre el precio del kilogramo de frutas y hortalizas, la cual se causará al momento de la primera operación de venta que realice el productor.
Decreto 169 de 1995 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 169 de 1995 · por el cual se reglamente la Ley 118 de 1994.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.