Micelio

Artículo 283

El Procurador Delegado Para La Vigilancia Administrativa, Los Procuradores Del Distrito Judicial Y Los Jefes De Oficinas Seccionales Informarán Al Jefe Del Organismo O Al Superior Inmediato, Según El Caso, De Las Investigaciones Disciplinarias Que Adelanten En Relación Con La Conducta De Empleados Bajo Su Dependencia, A Fin De Que Se Abstengan De Abrir Investigación Administrativa Por Los Mismos Hechos

Decreto 1950 de 1973 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 2400 y 3074 de 1968 y otras normas sobre administración del personal civil.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El procurador delegado para la vigilancia administrativa, los procuradores del distrito judicial y los jefes de oficinas seccionales informarán al jefe del organismo o al superior inmediato, según el caso, de las investigaciones disciplinarias que adelanten en relación con la conducta de empleados bajo su dependencia, a fin de que se abstengan de abrir investigación administrativa por los mismos hechos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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