Micelio

Artículo 2

Ley 12 de 1945 · Por la cual se establecen algunas normas en la Rama Jurisdiccional del Poder Público, en desarrollo del artículo 174 de la Constitución Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es causal de mala conducta, suficiente para imponer disciplinariamente por el respectivo superior la destitución de un empleado de la Rama Jurisdiccional o del Ministerio Público, la comprobación de haber sido violada la norma del artículo del artículo 174 de la Constitución Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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