Micelio

Artículo 24

Para Ascender A Teniente Coronel Se Requerirá Haber Hecho Con Buenos Resultados Los Estudios En La Escuela Superior De Policía

Decreto 2295 de 1954 · Por el cual se organiza la carreta profesional de los Oficiales de las Fuerzas de Policía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ascender a Teniente Coronel se requerirá haber hecho con buenos resultados los estudios en la Escuela Superior de Policía.

Parágrafo 1

El gobierno determinará la duración y clase de estos estudios.

Parágrafo 2

Mientras se organiza y entra en funcionamiento la Escuela Superior de la Policía, este requisito será reemplazado por un examen de competencia para el nuevo grado, de acuerdo con reglamentación que al respecto dictará el Comando General de las Fuerzas Armadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2295 de 1954