Micelio

Artículo 97

De Los Requisitos Para La Licencia

Decreto 775 de 1990 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los requisitos para la licencia. Para la obtención de la licencia el interesado deberá cumplir con los requisitos pertinentes indicados en el presente Capítulo, en los artículos 131 y 132 del Capítulo X y además los siguientes

a)

Mapa en donde se indique la ubicación de las pistas con relación a centros poblados, escuelas, acueductos, cuerpos y cursos de agua, mercados, hospitales y centros de recreación, hasta una distancia de 100 metros en los costados de la pista; y 1.000 metros en las cabeceras de la misma;

b)

Datos sobre clase, tipo y matrícula de cada una de las aeronaves destinadas para la aplicación de plaguicidas, de acuerdo con los Reglamentos del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil;

c)

Licencia ambiental vigente expedida por el Instituto de Recursos Naturales y del Ambiente o Corporación Regional respectiva;

d)

Concepto favorable de la Oficina de Planeación respectiva sobre la ubicación de la pista.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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