De los requisitos para la licencia. Para la obtención de la licencia el interesado deberá cumplir con los requisitos pertinentes indicados en el presente Capítulo, en los artículos 131 y 132 del Capítulo X y además los siguientes
Mapa en donde se indique la ubicación de las pistas con relación a centros poblados, escuelas, acueductos, cuerpos y cursos de agua, mercados, hospitales y centros de recreación, hasta una distancia de 100 metros en los costados de la pista; y 1.000 metros en las cabeceras de la misma;
Datos sobre clase, tipo y matrícula de cada una de las aeronaves destinadas para la aplicación de plaguicidas, de acuerdo con los Reglamentos del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil;
Licencia ambiental vigente expedida por el Instituto de Recursos Naturales y del Ambiente o Corporación Regional respectiva;
Concepto favorable de la Oficina de Planeación respectiva sobre la ubicación de la pista.