Consejo de la medalla, atribuciones y funciones . El Consejo de la Medalla estará integrado en el Ministerio de Defensa Nacional, Comando General de las Fuerzas Militares, en cada Fuerza y para cada medalla, como a continuación se especifica: Para la Medalla Militar “Ministerio de Defensa Nacional” Presidente: El Ministro de Defensa Nacional o su delegado. Vicepresidente: El Secretario General del Ministro de Defensa Nacional. Vocales: El Coordinador del Grupo de Talento Humano o quien haga sus veces. Secretario: El Ayudante General o quien haga sus veces. Para la Medalla Servicios Distinguidos a la “Justicia Penal Militar” Presidente: El Ministro de Defensa Nacional o su delegado. Vicepresidente: El Comandante General de las Fuerzas Militares. Vocales: El Director Ejecutivo de la Justicia Penal Militar. Secretario: Asesor de la Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar. Para la Medalla Militar Servicios Distinguidos al Comando General de las Fuerzas Militares Presidente: El Comandante General de las Fuerzas Militares. Vicepresidente: El Jefe del Estado Mayor Conjunto. Vocal: El Jefe de Desarrollo Humano Conjunto CGFM. Secretario: Ayudante General del Comando General de las Fuerzas Militares. Para la Medalla Militar “Escuela Superior de Guerra” Presidente: El Comandante General de las Fuerzas Militares. Vicepresidente: El Director de la Escuela Superior de Guerra. Vocal: El Subdirector de la Escuela Superior de Guerra. Secretario: Oficial de Personal de la Escuela Superior de Guerra. Para la Medalla Militar “Al Mérito de la Reserva” Presidente: El Comandante General de las Fuerzas Militares o su delegado. Vicepresidente: El Jefe de Estado Mayor Conjunto o su delegado. Vocales: Jefe del Departamento de Acción Integral del E.M.C. Secretario: El Comandante de los Profesionales Oficiales de la Reserva. Para la Medalla Militar “General José Hilario López Valdés” Presidente: El Comandante General de las Fuerzas Militares. Vicepresidente: El Jefe de Estado Mayor Conjunto. Vocal: El Inspector General de las Fuerzas Militares. Secretario: El Jefe de la Oficina de Derechos Humanos del Comando General. Para la Medalla Militar “Escuela Militar de Cadetes” Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Director de la Escuela Militar de Cadetes. Vocal: El Subdirector de la Escuela Militar de Cadetes. Secretario: El Oficial de Personal de la Escuela Militar de Cadetes. Para la Medalla Militar “Centenario Escuela Militar de Cadetes, General José María Córdova” Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Director de la Escuela Militar de Cadetes. Vocales: El Subdirector y el Comandante del Batallón de la Escuela Militar de Cadetes. Secretario: El Oficial de Personal de la Escuela Militar de Cadetes. Para la Medalla Militar Escuela de Armas y Servicios “José Celestino Mutis Bossio” Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Director de la Escuela de Armas y Servicios. Vocal: El Subdirector de la Escuela de Armas y servicios. Secretario: El ayudante de Comando de la Escuela de Armas y Servicios. Para las Medallas: “Ayacucho”, “San Jorge”, “Santa Bárbara”, “Torre de Castilla”, “Brigadier General Ricardo Charry Solano”, Al Mérito Logístico y Administrativo “General Francisco de Paula Santander” Presidente: Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: Oficial del arma más antiguo presente en la Guarnición de Bogotá, D. C. Vocal: Comandante de la Escuela o unidad militar respectiva. Secretario: Ayudante del comando de la escuela del arma respectiva. Para la Medalla “Guardia Presidencial” Presidente: Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: Jefe de la Casa Militar de la Presidencia. Vocal: Comandante del Batallón Guardia Presidencial. Secretario: El Oficial Ayudante de Comando del Batallón Guardia Presidencial. Para la Medalla Militar Policía Militar “General Tomás Cipriano de Mosquera” Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Director de la Escuela de Policía Militar. Vocal: El Subdirector de la Escuela de Policía Militar. Secretario: El Oficial de Personal de la Escuela de Policía Militar. Para la Escuela de Lanceros Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Oficial Lancero más antiguo presente en la Guarnición de Bogotá, D. C. Vocal: Comandante de la Escuela o unidad militar respectiva. Secretario: Ayudante del comando de la escuela del arma respectiva. Para la Medalla “San Gabriel” Presidente: Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: Oficial del arma, más antiguo presente en la Guarnición de Bogotá, D. C. Vocal: Comandante de la Escuela o unidad militar respectiva. Secretario: Ayudante del comando de la escuela del arma respectiva. Para la Medalla Militar “Sargento Inocencio Chincá” Presidente: Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: Director de la Escuela de Suboficiales. Vocal: Subdirector de la Escuela de Suboficiales . Secretario: Oficial de Personal Escuela de Suboficiales. Para la Medalla Militar “Alas Doradas” Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Oficial Piloto más antiguo del Ejército presente en la Guarnición de Bogotá, D. C. Vocal: El Comandante de la Brigada de Aviación del Ejército. Secretario: El Ayudante del comando de la Brigada de Aviación del Ejército. Para la Medalla “Honor al Deber Cumplido” Presidente: El Comandante del Ejército Nacional o su delegado. Vicepresidente: El Comandante del Batallón Colombia número 28. Vocal: El Ejecutivo y Segundo Comandante del Batallón Colombia número 28. Secretario: El Oficial de Personal del Batallón Colombia número 28. Para la Medalla Militar Escuela de Soldados Profesionales “Teniente General Gustavo Rojas Pinilla” Presidente: El Comandante del Ejército Nacional o su delegado. Vicepresidente: El Comandante de la Escuela de Formación de Soldados Profesionales. Vocal: El Ejecutivo y Segundo Comandante de la Escuela de Formación de Soldados Profesionales. Secretario: El Jefe de Desarrollo Humano de la Escuela de Formación de Soldados Profesionales. Para la Medalla Militar Servicios Meritorios Inteligencia Militar “Guardián de la Patria” Presidente: El Comandante del Ejército Nacional o su delegado. Vicepresidente: El Jefe de Operaciones del Ejército Nacional. Vocal: El Director de Inteligencia. Secretario: El Director de la Central de Inteligencia Militar y el Suboficial de mayor antigüedad de la DINTE. Para la Medalla Servicios Distinguidos a la “Armada Nacional” Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Segundo Comandante Armada Nacional. Vocal: Jefe de Desarrollo Humano Armada Nacional. Secretario: Jefe de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla Servicios Distinguidos a la “Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla” Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Director de la Escuela Naval. Vocal: Subdirector de la Escuela Naval. Secretario: Oficial de Personal de la Escuela Naval. Para la Medalla Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de Suboficiales Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Desarrollo Humano de la Armada Nacional. Vocal: Director Escuela Naval de Suboficiales. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla Servicios Distinguidos a la “Fuerza de Superficie” Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Operaciones Navales de la Armada Nacional. Vocal: Director de Operaciones Navales. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla Servicios distinguidos a la “Infantería de Marina” Presidente: El Comandante de la Armada Nacional o su delegado. Vicepresidente: El Comandante de la Infantería de Marina. Vocal: El Jefe de Estado Mayor de Infantería de Marina. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla Servicios Distinguidos a la “Fuerza Submarina” Presidente: Comandante de la Armada Nacional o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Operaciones Navales de la Armada Nacional. Vocal: Comandante Flotilla de Submarinos. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla Servicios Distinguidos a la “Aviación Naval” Presidente: Comandante de la Armada Nacional o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Operaciones Navales de la Armada Nacional. Vocal: Comandante Aviación Naval. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla Servicios Distinguidos al “Cuerpo de Guardacostas” Presidente: Comandante de la Armada Nacional o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Operaciones Navales de la Armada Nacional. Vocal: Comandante Guardacostas. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla Servicios Distinguidos a la “Escuela de Formación de Infantería de Marina” Presidente: El Comandante de la Armada Nacional o su Delegado. Vicepresidente: El Comandante de la Infantería de Marina. Vocal: El Director Centro de Formación y Entrenamiento de Infantería de Marina. Secretario: El Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla al Mérito Logístico y Administrativo “Contralmirante Rafael Tono” Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Operaciones Logísticas. Vocal: Director de Economía y Finanzas de la Armada Nacional. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla “Servicios Distinguidos a la Dirección General Marítima” Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Director General Marítimo. Vocal: Jefe Desarrollo Humano de la Armada Nacional. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla de Servicios Distinguidos a la “Ingeniería Naval” Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Material Naval de la Armada Nacional. Vocal: Director de Ingeniería Naval Armada Nacional. Secretario: Director de Personal Armada Nacional. Para la Medalla Servicios Distinguidos a la “Inteligencia Naval” Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Inteligencia de la Armada Nacional. Vocal: Director de Inteligencia Interna de la Armada. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla “Marco Fidel Suárez” Presidente: Comandante Fuerza Aérea Colombiana o su delegado. Vicepresidente: Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Colombiana. Vocal: Inspector General de la Fuerza Aérea Colombiana. Secretario: Jefe de Desarrollo Humano. Para la Medalla “Aguila de Gules” Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana o su delegado. Vicepresidente: Segundo Comandante FAC y jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea. Vocal: Jefe de Operaciones Aéreas. Secretario: Jefe de Desarrollo Humano. Para la Medalla “Servicios Distinguidos a la Seguridad y Defensa de Bases Aéreas” Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana o su delegado. Vicepresidente: Segundo Comandante y Jefe del Estado Mayor Aéreo. Vocal: Jefe Jefatura Seguridad y Defensa de Bases Aéreas. Secretario: Jefe de Desarrollo Humano. Para la Medalla Servicios Distinguidos al “Cuerpo Logístico y Administrativo” Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana o su delegado. Vicepresidente: Segundo Comandante y Jefe del Estado Mayor de la Fuerza Aérea. Vocal: Jefe de Operaciones Logísticas. Secretario: Jefe de Desarrollo Humano.
Los Consejos sesionarán en forma extraordinaria a solicitud de alguno de sus miembros.
Son atribuciones del Consejo
Recibir las solicitudes formuladas para el otorgamiento de la medalla;
Analizar las solicitudes comprobando el estricto cumplimiento de los requisitos exigidos para el otorgamiento de la respectiva medalla;
Conceder o negar en votación secreta las solicitudes puestas a su consideración;
Suspender por medio de acto administrativo motivado, previo análisis de los hechos el privilegio de portar la medalla a quien incurra en las causales contempladas para tal efecto;
Remitir al Comando de Fuerza respectivo, para la aprobación final cuando sea del caso, la relación del otorgamiento, recomendados, acordadas por el Consejo. Son atribuciones del Presidente: a) Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo; b) Dirigir las deliberaciones del Consejo de conformidad con el orden del día que se elabore para cada sesión; c) Presentar al Consejo las proposiciones que estime convenientes, con el fin de conferir el uso de la Medalla respectiva; d) Suscribir los actos administrativos de otorgamiento de las condecoraciones contenidas en este decreto, salvo norma expresa en contrario. Son atribuciones de los demás miembros del Consejo: a) Emitir concepto y votar sobre los asuntos que se sometan a consideración en la sesión o aquellos que se les haya asignado en comisión; b) Presentar proposiciones al Consejo con el fin de conferir las medallas que a su juicio crean conveniente. Son funciones del Secretario del Consejo: a) Llevar una minuta detallada de las sesiones y elaborar el acta correspondiente en el libro de actas; b) Recopilar y suministrar toda la información que los miembros del Consejo soliciten en relación con los candidatos a la Medalla; c) Dar lectura al acta de la última reunión al iniciar cada sesión; d) Proponer los nombres de quienes fallezcan en el servicio, por causa y con ocasión del mismo en actividades relacionadas con el arma o instituto que concede la Medalla, para el otorgamiento en homenaje póstumo; e) Coordinar la elaboración de los proyectos de resolución de otorgamiento de la Medalla;
Elaborar la agenda de cada sesión y darla a conocer a los miembros con suficiente anticipación;
Coordinar el envío al personal favorecido copia de la disposición con que se le otorga la Medalla;
Coordinar la elaboración de los diplomas correspondientes;
Llevar el libro de registro de resoluciones, disposiciones o actas que concedan la Medalla;
Las demás que le sean asignadas por el Consejo de la Medalla.