Micelio

Artículo 2.3.1.1.8.15

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Nombramiento y Remuneración de Profesores. El nombramiento de Profesores Militares titulados o no para ejercer la cátedra en Institutos de Formación y Centros de Capacitación o Educación de las Fuerzas Militares, se hará´ en todos los casos por Resolución del Ministerio de Defensa, con base en solicitud del Comando General o de los Comandos de Fuerza.

Parágrafo

Los Profesores Militares nombrados en la forma establecida en este artículo, tendrán derecho a que se les pague por cada hora de clase remunerable, de acuerdo con los límites y condiciones que se fijan en los artículos 2.3.1.1.8.16., 2.3.1.1.8.17., y 2.3.1.1.8.18., de esta Sección.

(Decreto 1495 de 2002 artículo 54)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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