De los mayores valores aportados . Los mayores valores aportados por empleadores y entidades por error en su liquidación, se abonarán a futuras causaciones, previa la presentación de los recibos de consignación o documento probatorio del error. Cuando excedan los aportes de un año, el ICBF reintegrará el exceso, si el empleador lo solicita; en caso contrario, lo abonará a aportes futuros, si es solicitado dentro de los tres meses siguientes al año en el cual se causaron. (Decreto 2388 de 1979, artículo 93)
Decreto 1084 de 2015 →Vigente
Artículo 2.4.3.1.2.6
De Los Mayores Valores Aportados
Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.