De conformidad con el numeral 20 del artículo 76 de la Constitución Política de Colombia, autorizase al Gobierno Nacional para apropiar partidas con motivo de este aniversario y para la realización de obras públicas en el Municipio de Gámeza, así:
Para la ampliación y mantenimiento de su acueducto y alcantarillado, el cual además se incluirá dentro de los municipios especiales del Instituto de Fomento Municipal, INSFOPAL.
Para la construcción y dotación de nueve aulas escolares, las cuales pondrá en funcionamiento el Instituto de Construcciones Escolares, ICCE, y cuyo nombre será Los Fundadores.
Para la construcción y adaptación de la Casa de la Cultura Municipal, por intermedio del Instituto Colombiano de la Cultura, COLCULTURA.