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Artículo 2

Adicionar El Artículo 47 Al Decreto Número 003 De 2021, El Cual Quedará Así: Artículo 47

Decreto 1190 de 2025 · por el cual se modifica el Decreto número 003 de 2021 por el cual se expide el Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado “ESTATUTO DE REACCIÓN, USO Y VERIFICACIÓN DE LA FUERZA LEGÍTIMA DEL ESTADO Y PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA PROTESTA PACIFICA CIUDADANA”, se crea el Comité de Expertos ad hoc para el esclarecimiento de violaciones a los derechos humanos ocurridas en contextos de protesta social y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adicionar el artículo 47 al Decreto número 003 de 2021, el cual quedará así: Artículo 47. Objetivos del Comité de Expertos ad hoc. El Comité de Expertos ad hoc que se crea por este decreto tendrá como objetivos

1.

Documentar y analizar antecedentes, hechos y patrones de comportamiento que puedan constituir violaciones a los derechos humanos ocurridas en el período comprendido entre los años 2019-2021, así como hechos o acciones posteriores relacionados con contextos de protesta social.

2.

Identificar las acciones y omisiones de los agentes del Estado y particulares que presuntamente hayan actuado con su omisión, aquiescencia, tolerancia, apoyo o coordinación en la vulneración de derechos humanos en contextos de protesta social.

3.

Formular recomendaciones a las instituciones del Estado para el respeto, protección, prevención y garantía de los derechos humanos de quienes participan en acciones de movilización y protesta social, entre ellas, la no estigmatización y no criminalización; el acceso a la administración de justicia; el derecho a la verdad y garantías de no repetición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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