Articulo 3. La instrucción y fallo de los procesos a, que se refiere el articulo primero, se hará conforme al procedimiento establecido por los artículos 14 y siguientes de la Ley 2º de 1984.
Decreto 2829 de 1984 →Vigente
Artículo 3
La Instrucción Y Fallo De Los Procesos A, Que Se Refiere El Articulo Primero, Se Hará Conforme Al Procedimiento Establecido Por Los Artículos 14 Y Siguientes De La Ley 2º De 1984
Decreto 2829 de 1984 · Por el cual se modifica la estructura org?nica del Instituto de Seguros Sociales en el Nivel Local
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.