Micelio

Artículo 2.14.22.1.4

Unidades Agrícolas Familiares

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Unidades Agrícolas Familiares. Los predios que se adquieran mediante el SIAT serán destinados a la constitución de una Unidad Agrícola Familiar -UAF, que permita generar a una familia entre dos (2) y dos punto cinco (2.5) salarios mínimos legales mensuales vigentes -SMLIVIV. La metodología para el cálculo de la Unidad Agrícola Familiar será adoptada por el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras, a partir de la propuesta técnica de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios - UPRA. Los cálculos particulares estarán a cargo de la Agencia Nacional de Tierras.

Parágrafo

En los casos en que la zona no haya sido focalizada y técnicamente no sea aplicable la metodología de cálculo de Unidad Agrícola Familiar adoptada a partir de los estudios técnicos adelantados por la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios - UPRA, se establecerá para cada caso la Unidad Agrícola Familiar a nivel predial.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1071 de 2015