Micelio

Artículo 3

º

Decreto 2035 de 2005 · por el cual se reglamenta el parágrafo 1º del artículo 12 del Decreto-ley 1278 de 2002.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Aspectos institucionales. Las instituciones de educación superior que, de conformidad con lo establecido en el

Parágrafo 1

del artículo 12 del Decreto 1278 de 2002, ofrezcan el programa de Pedagogía deben llenar los siguientes requisitos

a)

Ofrecer programas en educación y haber obtenido para ellos acreditación previa o registro calificado;

b)

Tener al menos una línea de investigación para apoyar el programa que se propone desarrollar.

Parágrafo

Para desarrollar el programa de Pedagogía, las instituciones de educación superior, podrán realizar convenios con las escuelas normales superiores, debidamente acreditadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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