Micelio

Artículo 27

Capacitación De Entrenadores En Seguridad Y Salud En Labores Mineras

Decreto 539 de 2022 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Capacitación de entrenadores en seguridad y salud en labores mineras . Podrán desarrollar programas de formación de entrenadores en seguridad y salud en labores mineras, las universidades debidamente aprobadas y reconocidas oficialmente por la autoridad competente, el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA Y las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresas -UVAES. Como mínimo el contenido del programa de entrenador en seguridad en labores mineras, ofertado por las instituciones antes relacionadas, debe considerar cuarenta (40) horas de teoría en el contenido de este reglamento, cuarenta (40) horas de formación pedagógica básica y cuarenta (40) horas de entrenamiento práctico en la aplicación de este Reglamento. Podrán postularse para obtener la certificación como entrenadores en seguridad en labores mineras a cielo abierto las personas que cuenten con los siguientes perfiles

1.

Ingeniero de minas, minas y metalurgia, en minas, geólogo o ingeniero geólogo, con experiencia específica de cinco (5) años en labores mineras a cielo abierto.

2.

Profesionales en otras disciplinas relacionadas con la minería, con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo, con experiencia específica de cinco (5) años en minería a cielo abierto.

Parágrafo

En todo caso, para impartir el curso de entrenador en seguridad en labores mineras, debe incluirse dentro del equipo formador, como mínimo un profesional y/o especialista en seguridad y salud en el trabajo, que cuente con licencia en salud ocupacional vigente. TÍTULO II EXPLOSIVOS CAPÍTULO I GENERALIDADES Y TRANSPORTE DE EXPLOSIVOS Al INTERIOR DEL PROYECTO MINERO

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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