Micelio

Artículo 5

El Banco De La República Al Entregar A Los Interesados Los Bonos Definitivos Hará Que Éstos, En Cada Caso, Cubran En Efectivo Los Intereses Corridos Durante Los Días Transcurridos En El Período A Que Se Refiera El Cupón Próximo A Vencerse

Decreto 490 de 1932 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 422 de 1932

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El banco de la República al entregar a los interesados los bonos definitivos hará que éstos, en cada caso, cubran en efectivo los intereses corridos durante los días transcurridos en el período a que se refiera el cupón próximo a vencerse. Las sumas así recogidas las aplicará el Banco al pago del próximo cupón de intereses, e informará de ello al Tesorero General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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