º Modificar el artículo 10 del Decreto 1156 del 14 de junio de 1988, el cual quedara así: "Artículo 10. Obligatoriedad del registro. Ninguna sala de exhibición cinematográfica podrá funcionar sin el previo y correspondiente registro de ella y del exhibidor responsable, en el Ministerio de Comunicaciones. Las salas de exhibición cinematográfica y los exhibidores respectivos procederán a cumplir con este requisito, conforme a las normas de este Decreto, dentro de los ciento cinco (105) días siguientes a su promulgación".
Decreto 1938 de 1988 →Vigente
Artículo 1
º Modificar El Artículo 10 Del Decreto 1156 Del 14 De Junio De 1988, El Cual Quedara Así: "artículo 10
Decreto 1938 de 1988 · Por el cual se modifica el Decreto 1156 del 14 de junio de 1988
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.