Micelio

Artículo 7

Decreto 1598 de 1995 · por el cual se establece el estatuto para la determinación de la condición de refugiado, de deroga el Decreto 2817 de 1984 y se dictan normas sobre la Comisión Asesora y otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud en el Despacho del Viceministro de Relaciones Exteriores, se entrevistará al peticionario, con el objeto de que sustente la solicitud de refugio, y amplíe la información pertinente. La entrevista será de carácter confidencial y deberá contar con la presencia de por lo menos la mitad más uno de los miembros que conforman la Comisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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