Micelio

Artículo 28

Decreto 2407 de 1981 · Por el cual se expiden normas sobre elaboración, presentación y ejecución de los presupuestos departamentales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Solicitud de partidas . Las solicitudes de partidas, tanto de funcionamiento como de inversión, se presentarán de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Secretaría de Hacienda, y contendrán los siguientes datos

1.

Descripción de Ias funciones de la dependencia a la cual corresponden los gasto.

2.

Descripción de la cantidad de personal, de los recursos materiales y de la organización disponible para ejecutar los programas y subprogramas propuestos.

3.

Detalle de Ias partidas que solicite cada dependencia o entidad descentralizada, clasificados por programas, subprogramas, proyectos y por objeto del gasto.

4.

Descripción de los objetivos, prioridad a importancia de los programas, subprogramas y proyectos, de los recursos necesarios, de sus costos globales y unitarios y justificación de los aumentos o de las disminuciones de las partidas que se soliciten para ejecutarlos. Además, las razones de su necesidad o conveniencia, cuando se trate de nuevos programas.

5.

En el detalle de las partidas solicitadas se indicará Ia norma que autoriza el gasto o la sentencia que lo motive.

6.

Valor de lo apropiado para los mismos gastos en la vigencia en curso y de los gastos y reservas del año inmediatamente anterior, y monto de la partida que se solicite dentro de cada programa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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