Procedimiento inicial . La Fiscalía General de la Nación, en el marco de las investigaciones del delito de desaparición forzada de personas, evaluará la inclusión de la información geográfica y cartográfica básica que permita señalar la presunta ubicación de los cuerpos o restos de personas desaparecidas forzadamente y la georreferenciación de los sitios de los hallazgos mediante técnicas satelitales. Esta inclusión se realizará como parte de las actividades del programa metodológico previsto en el artículo 207 de la Ley 906 de 2004 o en el curso de la investigación en el marco de la Ley 600 de 2000 o de las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan, y de conformidad con el Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas.
La georreferenciación se llevará a cabo mediante el empleo de dispositivos de posicionamiento satelital personales o navegadores, y en los casos que sea posible, mediante un levantamiento topográfico realizado por personal técnico de la Fiscalía General de la Nación.