º Los fondos provenientes de este empréstito los destinará el Gobierno Nacional para financiar parcialmente el "Programa de Fortalecimiento de Servicios Básicos de Salud Municipal", a través del Ministerio de Salud.
Decreto 1897 de 1992 →Vigente
Artículo 2
Los Fondos Provenientes De Este Empréstito Los Destinará El Gobierno Nacional Para Financiar Parcialmente El "programa De Fortalecimiento De Servicios Básicos De Salud Municipal", A Través Del Ministerio De Salud
Decreto 1897 de 1992 · por el cual se concede una autorización para gestionar la contratación de empréstitos externos hasta por la suma de US$ 50000.000 o su equivalente en otras monedas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.