La Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana podrá informar a la autoridad competente del uso indebido, así como el abuso del emblema, y, si lo considera pertinente, podrá participar en el procedimiento penal, civil o administrativo correspondiente. Asimismo, prestará apoyo a las autoridades competentes para prevenir o remediar el uso indebido del emblema.
Ley 875 de 2004 →Vigente
Artículo 15
Cometido De La Sociedad Nacional De La Cruz Roja Colombiana
Ley 875 de 2004 · por la cual se regula el uso del emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y otros emblemas protegidos por los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 y sus protocolos adicionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.