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Artículo 28

Además De Los Contemplados Por El Presente Decreto, Y De Acuerdo Con La Especialización Y División Del Trabajo, La Junta Directiva Del Instituto, Podrá Dividir Las Secciones En Unidades De Trabajo, Que Se Denominarán Grupos

Decreto 1598 de 1960 · Por el cual se organiza la lucha contra el cáncer en el territorio nacional, y se reorganiza el Instituto Nacional de Cancerología

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de los contemplados por el presente Decreto, y de acuerdo con la especialización y división del trabajo, la Junta Directiva del Instituto, podrá dividir las Secciones en Unidades de Trabajo, que se denominarán Grupos. Las funciones de tales Grupos serán fijadas por la Junta Directiva.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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