Si el Instructor Ponente considera necesario, ordenará la ratificación y ampliación de la queja presentada por escrito, o la ampliación de la queja elevada verbalmente ante la Secretaría General de la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista. Si el quejoso no compareciere a la ratificación o ampliación, y no hubiere mérito para proseguir oficiosamente el trámite, el Instructor Ponente propondrá el archivo de la actuación ante la Comisión.
Indagación preliminar