Micelio

Artículo 2

Decreto 761 de 1953 · Por medio del cual se suprimen unos cargos y se fijan unas asignaciones en el Ministerio de Obras Públicas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. A partir de la fecha del presente Decreto, las asignaciones del personal del Ministerio de Obras Públicas que a continución se expresan, serán las siguientes: Despecho del Ministro Secretario Privado $ 630.00 Secretaria General: Subsecretario 700.00 Administrador de Bienes Inmuebles 650.00 Sustanciador Contratos 300.00 Departamento de Carreteras: Sección de Proyectos: Ayudante 590.00 Departamento de Edificios Naciones: Ingeniero Jefe de Presupuestos 950.00 Arquitecto 950.00 Arquitecto 950.00 Arquitecto 950.00 Ingeniero de Estructuras 950.00 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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