°. Transitorio. Para dar aplicación a lo previsto en el artículo 3º de este decreto los agentes de retención señalados en el mismo, tendrán hasta el 1º de enero de 2014 para efectuar los cambios tecnológicos a que haya lugar. No obstante lo anterior, los agentes de retención pueden dar aplicación a lo aquí dispuesto antes de que se cumpla dicho plazo.
Decreto 2318 de 2013 →Vigente
Artículo 4
Transitorio
Decreto 2318 de 2013 · por el cual se modifican algunas disposiciones del Decreto número 700 de 1997.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 4° del decreto 2318 de 2013 el cual quedará así) por decreto 3025/13 modificado por decreto 3025/13
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.