Artículo segundo. Adiciónase el Decreto legislativo número 3292 - Bis, de 1954 (noviembre 12), en el sentido de que la partida de $ 50.000.00 ordenada por el artículo 2°de dicho Decreto para la construcción del Colegio Apostólico de Chía, suma de la cual la Comunidad de Padres Agustinos Descalzos recibió $ 30.000.00 en los años de 1955 a 1957 se pueda invertir también en la construcción de la Escuela Apostólica de Bojacá, por mayores conveniencia y economía de los fines a que se dedicó este auxilio.
Decreto 193 de 1958 →Vigente
Artículo 2
De Dicho Decreto Para La Construcción Del Colegio Apostólico De Chía, Suma De La Cual La Comunidad De Padres Agustinos Descalzos Recibió $ 30
Decreto 193 de 1958 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Educación Nacional), y se adiciona el Decreto legislativo número 3292-Bis de 1954
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.