°. El producto de operaciones de Tesorería, como el recibo de depósitos, el descuento de libranzas o pagarés que deban cubrirse con los productos de las mismas rentas sin pasar por el Presupuesto, así como los avances que se obtengan del Banco de la República dentro del cupo legal, no podrán ser incluidos como parte del Presupuesto de Rentas e Ingresos.
Decreto 164 de 1950 →Vigente
Artículo 6
El Producto De Operaciones De Tesorería, Como El Recibo De Depósitos, El Descuento De Libranzas O Pagarés Que Deban Cubrirse Con Los Productos De Las Mismas Rentas Sin Pasar Por El Presupuesto, Así Como Los Avances Que Se Obtengan Del Banco De La República Dentro Del Cupo Legal, No Podrán Ser Incluidos Como Parte Del Presupuesto De Rentas E Ingresos
Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.