Micelio

Artículo 3972

, Ordinal 17)

Decreto 129 de 1960 · Por el cual se distribuyen las partida sglobaes votadas para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación de alumnos becados y restaurante, de la Escuela Normal Superior de Varones, de Pitalito

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Las partidas globales apropiadas para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación de alumnos becados v restaurante de 13 Escuela Normal Superior de Varones, de Pitalito, en el presente año, se distribuyen asi: Capítulo 388, articulo 3972, ordinal 17). Mensual Total Para sueldos del personal durante el mes de enero, de conformidad con la nómina del mes de diciembre de 1959, $ 10.730.00 Sueldos en once meses: febrero a diciembre: Rector $ 900.00 9.900.00 Pagador III 580.00 6.380.00 Oficinista III 325.00 3.575.00 Un Profesor Interno, Director de Grupo, de primera categoría, 800.00 8.800.00 Tres Profesores Internos, Directores de Grupo, de segunda categoría, a $ 650.00 mensuales cada uno 1.950.00 21.450.00 Siete Profesores Internos, Directores de Grupo, de cuarta categoría, o sin escalafón, a $ 450.00 mensuales cada uno 3.150.00 34.650.00 Para profesorado externo 200.00 2.200.00 Director de la Escuela Anexa 650.00 7.150.00 Cinco Profesores de la Escuela Anexa, a $ 450.00 mensuales cada uno 2.250.00 24.750.000 Médico - Profesor 250.00 2.750.00 Odontólogo 200.00 2.200.00 Bibliotecario I 300.00 3.300.00 Auxiliar de Enfermería I 210.00 2.310.00 Chofer II 250.00 2.750.00 Portero I 150.00 1.650.00 Ecónoma II 200.00 2.200.00 Para servicio doméstico 710.45 7.814.95 Suma $ 13.075.45 154.559.95 Capítulo 388, articulo 3973, ordinal 17). Mensual Total Enero a diciembre: 10.730.00 Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requiera el establecimiento en la presente vigencia y anteriores 83.33 999.95 Capítulo 388, articulo 3974, ordinal 17). Diez meses: febrero a noviembre: Para alimentación de 23 profesores y personal administrativo, a $ 70.00 mensuales cada uno 1.610.00 16.100.00 Para alimentación del servicio doméstico 400.00 4.000.00 Dos meses: enero y diciembre: Para alimentación del personal que debe permanecer en el establecimiento en época de vacaciones 200.00 400.00 Suma $ 20.500.00 Capítulo 388, articulo 3976, ordinal 17). Diez meses: febrero a noviembre: Para alimentación de 7 alumnos becados, a 70.00 mensuales cada uno 4.690.00 46.900.000 Para restaurante de la Escuela Anexa 300.00 3.000.00 Suma $ 4.990.00 49.900.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 129 de 1960