El reglamento interno de trabajo contendrá, cuando menos, disposiciones normativas de los siguientes puntos: 1º Matrícula de aspirante; condiciones de admisión; aprendizaje; período de prueba; admisión definitiva; reglas para pasar de una calidad a otra; 2º Horas de entrada y salida de los trabajadores; horas en que principia y termina cada turno, si el trabajo se efectúa por equipos; tiempo destinado para las comidas, y período de descanso durante la jornada; 3º Días de descanso legalmente obligatorio; horas o días de descanso convencional o adicional; vacaciones remuneradas; permisos no remunerados; 4º Salario mínimo, fijado por el Gobierno para la respectiva actividad o, si no hubiere sido fijado, el salario mínimo fijado por el patrono; 5º Escalas de salarios aunque no se exprese la cuantía numérica de cada uno; diversas modalidades de remuneración; primas y bonificaciones; aumentos de salario en razón de antigüedad, si es el caso; 6º Períodos que regulan los pagos; lugar, día y hora de los pagos; 7º Prescripciones de orden, higiene y seguridad; tiempo y forma en que los trabajadores deban someterse a los servicios médicos que la empresa suministre; 8º Indicaciones para evitar que se realicen los riegos profesionales e instrucciones para prestar los primeros auxilios en caso de accidente; 9º Orden jerárquico de los representantes del patrono, jefes de sección, capataces y vigilantes. Los cargos que habitualmente impliquen contacto directo con los obreros y facultad de darles órdenes directas, no podrán confiarse, sin previo permiso de los funcionarios del Trabajo, sino a quienes hablen castellano; 10. Obligaciones y prohibiciones peculiares para los trabajadores; escala de faltas; procedimiento para su comprobación; escala de sanciones disciplinarias; forma de aplicación de las sanciones; 11. Personas ante quienes deben presentarse los reclamos; tramitación de éstos; días y horas de reunión del comité de fábrica, si lo hay; 12. Prestaciones adicionales a las obligatorias legalmente, en su caso.
Artículo 31
El Reglamento Interno De Trabajo Contendrá, Cuando Menos, Disposiciones Normativas De Los Siguientes Puntos: 1º Matrícula De Aspirante; Condiciones De Admisión; Aprendizaje; Período De Prueba; Admisión Definitiva; Reglas Para Pasar De Una Calidad A Otra; 2º Horas De Entrada Y Salida De Los Trabajadores; Horas En Que Principia Y Termina Cada Turno, Si El Trabajo Se Efectúa Por Equipos; Tiempo Destinado Para Las Comidas, Y Período De Descanso Durante La Jornada; 3º Días De Descanso Legalmente Obligatorio; Horas O Días De Descanso Convencional O Adicional; Vacaciones Remuneradas; Permisos No Remunerados; 4º Salario Mínimo, Fijado Por El Gobierno Para La Respectiva Actividad O, Si No Hubiere Sido Fijado, El Salario Mínimo Fijado Por El Patrono; 5º Escalas De Salarios Aunque No Se Exprese La Cuantía Numérica De Cada Uno; Diversas Modalidades De Remuneración; Primas Y Bonificaciones; Aumentos De Salario En Razón De Antigüedad, Si Es El Caso; 6º Períodos Que Regulan Los Pagos; Lugar, Día Y Hora De Los Pagos; 7º Prescripciones De Orden, Higiene Y Seguridad; Tiempo Y Forma En Que Los Trabajadores Deban Someterse A Los Servicios Médicos Que La Empresa Suministre; 8º Indicaciones Para Evitar Que Se Realicen Los Riegos Profesionales E Instrucciones Para Prestar Los Primeros Auxilios En Caso De Accidente; 9º Orden Jerárquico De Los Representantes Del Patrono, Jefes De Sección, Capataces Y Vigilantes
Decreto 2127 de 1945 · Por el cual se reglamenta la Ley 6ª de 1945, en lo relativo al contrato individual de trabajo, en general
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.