Artículo vigésimo segundo. Corresponde a la Junta Directiva de la Bolsa expedir los reglamentos relacionado con la organización y operación de la Bolsa y, en especial, los siguientes
Reglamento general de operaciones;
Reglamento sobre el contenido de los contratos y de los títulos que en ella se negocien, así como las responsabilidades de las partes que interviene en las operaciones;
Reglamento general del martillo;
Reglamento sobre tarifas, comisiones y garantías que deben constituir los miembros en la celebración de las diversas operaciones.