Micelio

Artículo 2

Autorizase Al Inspector Del Ferrocarril Nacional De Magdalena Para Que Nombre, Cuando Lo Estime Conveniente Y Por El Tiempo Que Sea Necesario, Un Inspector De Mezclas, Con Asignación Hasta De Cuatro Pesos ($ 4) Diarios, Para Que Intervenga En La Ejecución De Los Trabajos De Alcantarillado Y Pavimentación

Decreto 702 de 1940 · Por el cual se fija la manera como debe inspeccionarse la ejecución de unas obras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorizase al Inspector del Ferrocarril Nacional de Magdalena para que nombre, cuando lo estime conveniente y por el tiempo que sea necesario, un Inspector de Mezclas, con asignación hasta de cuatro pesos ($ 4) diarios, para que intervenga en la ejecución de los trabajos de alcantarillado y pavimentación. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 702 de 1940