Prevenciones y mecanismos de control. Con el fin de velar por el cumplimiento de las normas legales sobre prevención de actividades delictivas relativas al lavado de activos y financiación del terrorismo previstas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en la Ley 190 de 1995, la Ley 1474 de 2011 y la Ley 1121 de 2006, así como en las demás normas que las modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten, las instituciones financieras que establezcan líneas de crédito para financiar la adquisición de las Acciones, las sociedades comisionistas de bolsa o cualquier otra entidad que intervenga en el proceso de enajenación, de ser el caso, darán estricto cumplimiento a lo dispuesto en dichas leyes.
Las mencionadas entidades dejarán constancia de haber realizado las correspondientes actividades de control.